Intervención del TC por presuntas irregularidades en la Licitación Pública N° 20/IDUV/2017 – Construcción de nuevo edificio IDUV.

En Acuerdo del Tribunal de Cuentas Nro. 2707 de fecha 17 de octubre de 2018 se dio tratamiento a las observaciones formuladas por la Auditoría Delegada respecto de la Licitación Pública Nro 20/IDUV/2017 – Construcción de nuevo edificio IDUV-.

Entre las principales observaciones se destacan:

-A la fecha del informe, el monto total abonado por las certificaciones reconocidas representan el monto equivalente al 81,17% de la obra. Sobre ello, informa el auditor que de la inspección ocular simple, el estado de avance de la obra no coincide con tal porcentaje.

-Los certificados de obra no son suscriptos por el Departamento de Inspección de obra, sino por el Vocal del Organismo, no constando justificación ni designación particular para ello;

-La capacidad de obra de la empresa adjudicataria (Consultora BETTER SRL) se encuentra excedida ampliamente, considerando que ya fue adjudicataria de otras 4 obras en el período de vigencia de la certificación presentada.

Ello entre otras observaciones. Ante tal situación, el Tribunal de Cuentas dio traslado del informe por 10 días al Presidente del IDUV, para que presente descargo.

Además, requirió en particular:

*Remisión de la totalidad de la documentación vinculada (planos, plan de trabajo e inversiones, designación de inspector de obra, etc.)

*Informe sobre el exceso de capacidad de obra de la contratista;

*Informe respecto al accionar del Arq. Andino -Vocal- con respecto a su intervención en las órdenes de servicio, teniendo en cuenta que es función específica del Departamento de Inspección toda tarea inherente a la inspección durante la ejecución de la obra, como asimismo la medición que desencadena en el certificado de obra.

Por último, y surgiendo diversos cuestionamientos de índole técnico y no contando el Tribunal con un plantel especializado en arquitectura o ingeniera, se solicitó la colaboración del Tribunal Superior de Justicia a los fines de la designación de un profesional con competencia en la materia, para la evaluación y posterior dictamen técnico en base a los requerimientos que a tal fin formulará el Tribunal.

*Link Res. 570-tc-18    

*Link informe auditoría   

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